El servicio público internacional esencial del canal de Panamá: ¿límite constitucional del derecho de huelga?

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Maria del Carmen Roquebert León

Resumen

En el presente artículo se repasa la evolución de los convenios habidos en el control del Canal de Panamá y su reconocimiento del derecho a huelga, reflejado en la Constitución Panameña. Este conflicto de lecturas ha hecho que prevalezca siempre el concepto de servicio esencial para la Humanidad al del derecho laboral.

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Cómo citar
Roquebert León, Maria del Carmen. 2000. «El Servicio Público Internacional Esencial Del Canal De Panamá: ¿límite Constitucional Del Derecho De Huelga?». Revista De Comunicación De La SEECI, n.º 6 (noviembre):125-47. https://doi.org/10.15198/seeci.2000.6.125-147.
Sección
Artículos
Biografía del autor/a

Maria del Carmen Roquebert León, Profesora Universidad de Panamá

Egresada de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Panamá (Panamá), siendo miembro del Capítulo de Honor Sigma Lambda. Profesora en la Universidad Especializada de las Américas (Panamá). Especialista en derecho del Canal de Panamá.

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